De acuerdo con el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, se establecen las convalidaciones de títulos y certificaciones de conocimiento del euskera y se adecuan los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
Decreto 
Convalidaciones 
La posesión del certificado de Aptitud (5º curso o ciclo Superior) de la EOI, más cualquier Filología o titulación universitaria superior del área de Humanidades, Ciencias Sociales o Jurídicas habilita para impartir la lengua correspondiente acreditada (Orden de 27 de junio de 1997, publicada en BOPV 16 julio 1997).
Orden 
La posesión de certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas permite obtener créditos en diversas facultades universitarias.